Autorregulación EFA
La industria de los servicios financieros no bancarios no se encuentra regulada -como lo está a bancaria. Sin bien muchos de sus actores se encuentran registrados o informan en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), hay muchos que no y de ahí la necesidad de que las empresas que prestan estos servicios adhieran a códigos de ética, autorregulación, buenas prácticas empresariales y a la normativa de libre competencia.
Todos los socios de EFA son Sujetos Obligados de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), el 48% está registrado en la CMF y cuentan con una larga trayectoria. Antes de operar con cualquier empresa del mercado, te aconsejamos revisar sus antecedentes.
Los Estatutos son el reglamento y cuerpo normativo por el cual se regula nuestro funcionamiento. Su cumplimiento es, por tanto, obligatorio para todos quienes integran EFA y los asociados deben renovar periódicamente su compromiso a éste.
Cualquier cambio en los Estatutos debe ser aprobado por la Asamblea General de socios.
El Código de Ética regula los principios y directrices por los cuales se deben guiar los miembros de EFA, cuya función principal es la de contribuir al desarrollo socioeconómico del país, apoyando las actividades que sus socios realizan en beneficio de las pequeñas y medianas empresas chilenas.
Sus estipulaciones detallan la forma en que las empresas socias de la Asociación deben guiar su actuación para con sus clientes, la autoridad, sus competidores –incluyendo a todos los miembros de esta Asociación– los medios de comunicación y el público en general. Los asociados deben renovar periódicamente su compromiso.
Las Políticas de Buenas Prácticas va dirigida a los miembros de EFA y todos deben adherir a ellas y renovar periódicamente su compromiso.
En ella se estipula que los asociados deben estar preparados para operar en forma justa y razonable de acuerdo con los mejores estándares de la industria en cuanto a probidad, transparencia y calidad de servicio para sus clientes y asociados. El cumplimiento de este código, cuando corresponda, es condicionante para la membresía a EFA.
Tanto EFA como sus miembros reconocen la importancia de las normas que protegen la libre competencia, contempladas en el Decreto Ley N°211 (“DL 211”), pues fomentan la eficiencia en los mercados y permiten alcanzar un mayor bienestar para los consumidores finales. Asimismo,
se han incorporado a las Políticas de Libre Competencia todas las recomendaciones realizadas en la Guía de Fiscalía Nacional Económica, emitida en agosto de 2011, denominada “Asociaciones Gremiales y Libre Competencia” (Guía FNE).
La Política de Libre Competencia implica tanto a EFA como a todos sus asociados, por lo cual todos deben adherir a ella y renovar periódicamente su compromiso.
